Cuando me planteo vender mi propiedad o local me puede surgir un sinfín de dudas. Una de ellas es la responsabilidad con respecto a la comunidad y si estoy obligado a comunicarlo. Esta pregunta genera mucha controversia entre los propietarios de una vivienda en una comunidad de vecinos. Según el artículo 9.1.i) de la Ley de Propiedad Horizontal es obligatorio “Comunicar a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción, el cambio de titularidad de la vivienda o local”.
Aquellos que incumplan esta obligación tendrán que seguir cumpliendo con las deudas de la comunidad posteriormente a la transmisión de forma solidaria con el nuevo titular, a excepción de que los órganos de gobierno establecidos en el artículo 13 tuviesen constancia de que se iba a realizar un cambio de titularidad por cualquier otro medio o por actos del nuevo propietario, o, incluso, cuando esta transmisión resulte notoria.
Parece evidente que a la hora de vender mi propiedad lo mejor es informar a la comunidad, pero hay muchas dudas al respecto. Si tenéis cualquier duda no dudéis en contactarnos o preguntar por aquí. No obstante, os iremos resolviendo dudas en futuras noticias.