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incendio forestalLos incendios forestales constituyen una grave amenaza para el medio natural. Sin embargo, cada año cientos, cuando no miles, de hectáreas sucumben a la acción del fuego, motivado tanto por causas naturales como por la malicia y la desidia humanas. Para luchar contra este azote, en Andalucía se cuenta con la Ley 5/1999, de 29 de junio, de prevención y lucha contra los incendios forestales. De acuerdo con el artículo 42 de dicha Ley, las urbanizaciones ubicadas en Zonas de Peligro deben contar obligatoriamente con su correspondiente Plan de Autoprotección.

 

¿Qué es un Plan de Autoprotección?

El Plan de Autoprotección tiene por objeto establecer las medidas y actuaciones necesarias para la lucha contra los incendios forestales y la atención de las emergencias derivadas de los mismos que deban realizar las urbanizaciones ubicadas en Zonas de Peligro, con el fin de recoger todos los riesgos que afectan a la urbanización y todas las medidas para prevenir, detectar y actuar en caso de incendio forestal. El Plan de Autoprotección de cada urbanización debe coordinarse con el Plan de emergencias del municipio.

Por otro lado, está estipulado que el contenido mínimo de este documento debe incluir su ámbito de referencia, las actividades de vigilancia y detección previstas como complemento de las incluidas en los Planes Locales de Emergencia por Incendios Forestales, la organización de los medios materiales y humanos disponibles, y las medidas de protección, intervención de ayudas exteriores y evacuación de las personas afectadas.

Finalmente, es necesario añadir que, según esta Ley, los Planes de Autoprotección deben ser elaborados, con carácter obligatorio y bajo su responsabilidad, por los titulares, propietarios, asociaciones o entidades urbanísticas colaboradoras o representantes de la urbanización ubicada en la Zona de Peligro. Para su inclusión en los Planes Locales de Emergencia por Incendios Forestales, los Planes de Autoprotección se deben presentar en el municipio correspondiente, ya que corresponde a las Entidades Locales la aprobación de los Planes de Autoprotección.

SAGESA pone a su disposición el servicio de redacción de su Plan de Autoprotección a través de presupuestos personalizados, que abarcan desde la redacción y presentación en su Ayuntamiento del Plan, hasta la gestión integral de todas las medidas prevención y adecuación establecidas en dicho documento. Un ingeniero técnico con varios años de experiencia en el sector es el encargado de realizar los Planes de Autoprotección.

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